Los Seminarios de Química del ciclo 23-0, a través de la doctora Rubicelia Vargas, coordinadora de la PREAGÉN, se sumaron a las actividades de las Jornadas 25N Día internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer, integrando a sus sesiones de seminario conferencias de género, como “Violencia digital y explotación”, y “Violencia de género”, impartidos por Esperanza Hernández Guadarrama y Jhonatan Josué Díaz Bustamante, de El Pozo de Vida A.C., organización no gubernamental que combate la trata de personas en México y Centroamérica.
La trata de personas es un delito y un fenómeno social, se le conoce como la esclavitud moderna, ésta sucede cuando a un ser humano no se le mira como tal sino como un objeto. Cuando a una persona se le despoja de su libertad, su dignidad y sus derechos humanos, queda un “objeto” que se puede usar o emplear en la explotación de su cuerpo o su trabajo para sacar un beneficio económico; este tipo de explotación deja una derrama de entre 110 a 150 mil millones de dólares cada año, es el segundo negocio ilícito más lucrativo del mundo después de la venta de drogas. Según la Organización Internacional del Trabajo, hay 50 millones de víctimas de trata en el mundo, explicó el licenciado Díaz Bustamante.
La Ley General Mexicana para la Erradicación y Prevención de la Trata de Personas en México, en 2012 reconoció 11 modalidades de explotación de los seres humanos, entre ellas: prostitución, explotación laboral, mendicidad forzada, utilización de personas menores de edad en actividades ilícitas, adopción ilegal, matrimonios forzados o serviles, extracción de órganos y el uso de células humanas, continuó el defensor. El Consejo Ciudadano reconoció en 2021 que la principal forma de enganchar a personas adultas para explotación es a través de la oferta engañosa de empleo; el otro gran gancho son las redes sociales, alarmantemente son los niños, niñas y adolescentes (NNA) quienes están siendo captados para cualquiera de estas formas de explotación.
México tiene una de las tasas más elevadas del mundo en conectividad, cada día usan internet más de 15 millones de NNA, este fenómeno sugiere un descuido paterno, ya que en la CDMX están conectados el 91% de los NN de 12 a 15 años y el 99% de adolescentes de 16 a 18 años. A los siete años, un niño o niña recibe su primer teléfono con acceso a internet, nueve de cada 10 menores no cuentan a sus padres sus experiencias en línea y cinco de cada 10 navegan sin supervisión alguna. De esta conectividad sin control se desprende que el 33% de NNA ha experimentado acoso, el 26% ha recibido mensajes sexuales, niñas de 11 años han enviado fotografías desnudas y usan Tinder, uno de cada cinco niños ha acordado conocer en persona a algún desconocido contactado por Facebook Snapchat, Instragram, X, TikTok, etc. En México, el primer encuentro de un menor con el mundo pornográfico en promedio es a los ocho años, porque internet es irrestricto.
El experto continuó ofreciendo datos alarmantes, por ejemplo, que los videojuegos como Call of Duty, Roblox, y Free Fire son muy populares en NNA de entre 8 a 15 años. Estos juegos permiten interactuar con personas en línea sin conocerlas, a través de estos videojuegos les piden su teléfono, dirección, horarios, una vez obtenida la información los amenazan de muerte, les exigen fotografías de ellos desnudos; incluso los vinculan al crimen organizado. Según datos de El Pozo de Vida, 50 mil menores de edad son captados cada año por el narcotráfico a través de algunas aplicaciones digitales.
Las conductas de violencia digital también suelen presentarse contra mujeres adolescentes, jóvenes y adultas. El ciberacoso afecta a alrededor de 9.4 millones de mujeres en México, las mujeres de entre 18 y 30 años son las más atacadas en los espacios digitales, mencionó la licenciada Hernández Guadarrama. Subrayó que la Ley Olimpia surge a raíz de esta problemática, busca erradicar la violencia digital y mediática en contra de mujeres, hombres, niñas, niños y adolescentes, es el primer proyecto de reformas en México en materia de violencia digital, con una perspectiva de género.
Esta ley reconoce como delito: videograbar, grabar audio, tomar fotografías o elaborar imágenes o videos de índole sexual de una persona sin su consentimiento. Difundir, reproducir, comercializar o compartir, divulgar contenido sexual que atente contra la integridad, la dignidad de las personas o cause daño psicológico, económico o sexual, tanto en el ámbito privado como en el público. Implica penas que van, en el menor de los casos, de los tres a los ocho años de prisión, que se aplica a las penas más graves. Por lo que los ciudadanos no deben compartir ningún contenido sexual que por alguna red social les llegue.